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¿Las personas con enfermedad mental pueden inscribirse en Etxebide aunque no tengan ingresos? PDF Imprimir E-Mail

Desde marzo de 2008, con la aprobación del Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo, las personas con discapacidad psíquica reconocida y establecida en el reconocimiento de minusvalía se pueden inscribir en ETXEBIDE (Departamento de Vivienda de Gobierno Vasco). Condiciones:

  • Para acceder a una vivienda en régimen de alquiler no se exigirá acreditar ingresos mínimos.
  • Para acceder a una vivienda en régimen de propiedad plena o derecho de superficie, bastará con acreditar ingresos mínimos de 3.000 euros.

Otra de las novedades establecidas a este respecto se indica en la Orden de 16 de Abril de 2008, sobre procedimientos de adjudicación de viviendas de protección oficial en su Art.10, apartado a) establece que:

En los procedimientos de adjudicación de viviendas en régimen de arrendamiento se podrán establecer cupos a situaciones sociales de especial protección, incluyendo en este apartado a personas que acrediten la condición de discapacidad psíquica, reconocida según valoración de minusvalía.

 
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